Tras los anuncios sobre las sesiones, las auditorías y la nueva tarifa vinculada a las aplicaciones desarrolladas con las herramientas de PC SOFT, queda una pregunta: más allá de nuestro enfado y de los análisis técnicos, ¿qué derechos tenemos realmente?
Podemos considerar que este modelo es injusto, peligroso o económicamente incoherente. También podemos explicar sus consecuencias técnicas, comerciales y contractuales para nuestras empresas.
Pero expresar nuestra opinión no basta para determinar qué puede imponer legalmente PC SOFT, en qué condiciones, desde qué fecha y con qué posibilidades de impugnación.
01El asunto entra ahora en el terreno jurídico
Según el anuncio público difundido por Thierry Tillier, el bufete internacional Linklaters organiza un webinar sobre los posibles recursos judiciales ante la situación actual y sobre la posibilidad de una iniciativa colectiva.
La sesión debe ayudar a desarrolladores, editores de software, integradores y empresas usuarias a comprender mejor qué vías jurídicas podrían existir según sus contratos y su situación.
Esto no significa todavía que se vaya a iniciar un procedimiento, que una acción de grupo sea admisible o que vaya a prosperar. El objetivo del webinar es precisamente obtener un primer análisis riguroso antes de elegir una estrategia.
PC SOFT: recursos judiciales y acción colectiva
02Thierry difunde la iniciativa, pero no la organiza
Es importante precisar el papel de cada parte.
El webinar está organizado por Linklaters. Thierry Tillier no es el organizador y no intervendrá en nombre del bufete sobre los aspectos jurídicos.
Thierry difunde la información entre la comunidad WINDEV. Centraliza las solicitudes recibidas en la dirección contact@coursdinfo-video.fr y las transmite al bufete para que las personas interesadas puedan recibir el procedimiento de inscripción.
En su vídeo, Thierry también indica que la inscripción es gratuita y que la identidad de los participantes permanecerá confidencial.
03El vídeo de anuncio de Thierry
Thierry presenta el encuentro, su objetivo y el procedimiento para solicitar la inscripción.
04Por qué difundo este mensaje
Hasta ahora, la mayoría de los debates se han centrado en el precio de las sesiones, el recuento de usuarios, los ejecutables agrupados en una misma solución, los entornos WEBDEV, las declaraciones, las auditorías y las consecuencias económicas para los desarrolladores y sus clientes.
Estos análisis son necesarios. Permiten comprender el funcionamiento del nuevo modelo y evaluar sus riesgos.
Pero, por sí solos, no permiten determinar qué es jurídicamente aplicable.
Un desarrollador independiente, un editor de software, un departamento de TI, un integrador y un cliente final no tienen necesariamente los mismos contratos. Algunos siguen utilizando licencias que históricamente se presentaron como perpetuas. Otros han aceptado nuevas ofertas, renovado una suscripción o firmado una adenda.
Las versiones de las condiciones generales, los pedidos, los intercambios comerciales y los compromisos escritos también pueden variar de una empresa a otra.
Por tanto, probablemente no exista una única respuesta aplicable a todo el ecosistema PC SOFT.
05Un análisis jurídico se ha vuelto imprescindible
Pasar de un modelo de licencia o suscripción para desarrolladores a una tarifa vinculada al uso de las aplicaciones finales plantea numerosas dificultades.
Algunas de las aplicaciones afectadas se desarrollaron hace diez, quince o veinte años. Están integradas en el funcionamiento diario de empresas, asociaciones y administraciones. Sustituirlas puede exigir varios años de trabajo, una reescritura completa, la migración de datos y la transformación de los procesos de negocio.
Esta dependencia tecnológica hace que cualquier cambio contractual sea especialmente sensible.
Por tanto, hay que distinguir varias cuestiones: el derecho a utilizar una versión ya adquirida, el acceso a nuevas versiones, las condiciones de renovación, la aplicación de las nuevas métricas, las posibilidades de auditoría y las consecuencias de negarse a firmar una nueva oferta.
Solo un análisis de los contratos, de las condiciones generales aplicables y de los intercambios comerciales puede responder seriamente a estas cuestiones.
06Todavía hay que construir una iniciativa colectiva
La expresión «acción colectiva» resulta naturalmente atractiva cuando toda una comunidad se siente afectada por una decisión.
Pero reunir a muchos desarrolladores descontentos no crea automáticamente un expediente jurídicamente utilizable.
Habrá que identificar a las personas y empresas realmente afectadas, comparar los contratos, distinguir las situaciones, documentar los posibles perjuicios y determinar qué forma jurídica podría adoptar una iniciativa común.
Es posible que algunos actores ya hayan aceptado las nuevas condiciones. Otros siguen vinculados a una oferta anterior. Algunos comercializan su propio software, mientras que otros utilizan WINDEV únicamente para aplicaciones internas.
Una iniciativa común puede adoptar varias formas: compartir el coste de un análisis jurídico, negociar de forma coordinada, constituir un grupo representativo o iniciar procedimientos individuales basados en fundamentos similares.
El webinar debe ayudar precisamente a determinar qué es realista antes de anunciar una estrategia o un procedimiento.
07Acción colectiva y acción de grupo no son lo mismo
Desde la ley francesa del 30 de abril de 2025, Francia dispone de un régimen unificado de acción de grupo. Puede afectar a varias personas físicas o jurídicas en una situación similar cuando sufren las consecuencias de un mismo incumplimiento, o de incumplimientos de la misma naturaleza, de obligaciones legales o contractuales.
Este procedimiento puede buscar el cese del incumplimiento, la reparación de los perjuicios o ambas cosas. Sin embargo, no se inicia simplemente porque un grupo de empresas o desarrolladores decida reunirse. La ley reserva la legitimación a determinadas entidades, entre ellas asociaciones autorizadas o que cumplan las condiciones previstas por la normativa.
La expresión «acción colectiva» puede abarcar distintas realidades: un análisis jurídico compartido, una negociación coordinada, acciones individuales basadas en fundamentos comunes o, cuando se cumplen los requisitos legales, una verdadera acción de grupo.
08Salir del aislamiento
El ecosistema PC SOFT reúne perfiles muy distintos: desarrolladores independientes, pequeñas empresas de software, integradores, grandes compañías, administraciones y clientes con varias décadas de aplicaciones en WLanguage.
De forma individual, cada parte dispone de poca información sobre las condiciones ofrecidas a otros clientes. Los precios pueden negociarse, los perímetros se definen comercialmente y los contratos varían de una empresa a otra.
PC SOFT tiene una visión global de sus contratos y negociaciones. Cada cliente suele conocer únicamente su propia situación.
Esta asimetría de información dificulta cualquier comparación.
Como mínimo, una iniciativa colectiva puede permitir comparar situaciones, compartir el coste de un análisis jurídico e identificar las cláusulas realmente comunes.
Aunque finalmente no se inicie ningún procedimiento, compartir esta información puede ayudar a cada empresa a comprender mejor su posición y preparar la próxima renovación.
09Cómo solicitar la inscripción
El webinar está previsto para el viernes 7 de agosto de 2026 a las 16:00, hora de París.
Para solicitar la inscripción, hay que enviar un correo electrónico a Thierry Tillier a la siguiente dirección: contact@coursdinfo-video.fr.
Thierry transmitirá después la solicitud a Linklaters para que se pueda comunicar el procedimiento de inscripción.
Para facilitar la gestión, puede utilizarse un asunto claro, por ejemplo: Solicitud de inscripción al webinar de Linklaters – PC SOFT.
10Preparar hechos, no solo opiniones
Para que un análisis jurídico sea realmente útil, debe basarse en elementos concretos.
Según la situación, puede ser útil reunir:
- los contratos y licencias de PC SOFT firmados inicialmente;
- las distintas versiones de las condiciones generales recibidas;
- los pedidos y facturas de los últimos años;
- las adendas o nuevas ofertas que se hayan propuesto;
- los intercambios escritos con los equipos comerciales;
- los documentos que presentaban determinadas licencias como perpetuas;
- la información comunicada sobre el recuento de sesiones;
- las posibles solicitudes de declaración o inventario de aplicaciones;
- una estimación documentada de las consecuencias económicas del nuevo modelo.
Una opinión, aunque sea ampliamente compartida, no basta para construir un expediente. Los contratos, las fechas, las promesas comerciales, las versiones de licencia y las consecuencias económicas serán mucho más útiles.
Ya he expuesto ampliamente mi opinión sobre la nueva política de PC SOFT. Sigo pensando que esta tarifa provoca una ruptura importante con los desarrolladores y editores que han construido sus productos con WINDEV, WEBDEV y WINDEV Mobile.
Pero el enfado, aunque sea legítimo, no basta. Debemos superar las reacciones individuales y comprobar qué permiten impugnar realmente los contratos.
Debemos recuperar nuestros documentos, comprender nuestros derechos y determinar si puede construirse una iniciativa común a partir de situaciones jurídicamente comparables.
Por eso difundo el mensaje de Thierry: vea su vídeo, contacte con él si le afecta directamente y prepare la documentación relativa a su propia situación.
Es posible que el webinar no proporcione inmediatamente todas las respuestas. No obstante, puede establecer por fin un marco jurídico riguroso para un asunto que ya supera ampliamente el simple debate comercial.
FFuentes y marco editorial
- Thierry Tillier — PC SOFT: webinar de Linklaters sobre recursos judiciales y acción colectiva
- Louis Planquart — PC SOFT cruzó la línea
- Louis Planquart — PC SOFT confirma su tarifa por sesión
- Linklaters — presentación del bufete en Francia
- Linklaters — práctica de Class Actions and Mass Claims
- Légifrance — artículo 16 de la Ley francesa n.º 2025-391, de 30 de abril de 2025, sobre la acción de grupo
- Légifrance — procedimiento aplicable a las acciones de grupo
Marco editorial y ausencia de asesoramiento jurídico
Este artículo difunde una iniciativa anunciada públicamente y presenta un análisis personal de su interés para el ecosistema PC SOFT. No constituye asesoramiento jurídico, fiscal, contable ni contractual. La posibilidad de interponer un recurso depende de la situación, los contratos y los documentos propios de cada persona o empresa.
Este artículo no está patrocinado, validado ni aprobado por Thierry Tillier, Linklaters, PC SOFT o Volaris Group. Thierry Tillier difunde el evento y transmite las solicitudes de inscripción, pero no organiza el webinar.




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